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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #301558
    fairy
    Participante

    Hola a todos,
    En el ambito del ordinario, nos habla de demandas sobre materia de competencia desleal, propiedad industrial, propiedad intelectual y publicidad, y es competente el juzgado de primera instancia, pero yo he visto que de esto mismo conoce el juzgado de lo mercantil. No se cuando le corresponde a uno u otro, si tiene que ver con que pidan solo dinero.

    Un saludo

    #301559
    Anónimo
    Invitado

    Efectivamente estás en lo cierto fairy, y conforme a la redaccion actual de la LOPJ, cuyo precepto transcribo, también es competencia de los Juzgados de lo Mercantil.
    Fíjate en el último párrafo, donde se indica… al amparo de la normativa reguladora de….

    Las demandas en las que se ejerciten acciones relativas a competencia desleal, propiedad industrial, propiedad intelectual y publicidad, así como todas aquellas cuestiones que dentro de este orden jurisdiccional se promuevan al amparo de la normativa reguladora de las sociedades mercantiles y cooperativas.

    Estos son detalles importantisimos a la hora de superar las preguntas que nos puedan colocar en el examen.

    Seguimos.

    Saludos

    #301560
    lourdesbueno
    Participante

    Entonces, no tiene nada que ver con la Ley Concursal?

    #301561
    Anónimo
    Invitado

    Los Juzgados de lo Mercantil conocen de los procedimientos concursales y en funcionde las modificaciones que la ley concursal provocó, es competencia de aquellos Juzgados.
    No es que no tenga que ver con la ley concursal, pero en cuanto a su tramitación o competencias para conocer del mismo, no tiene relación.

    #301562
    fairy
    Participante

    Entonces, como se donde lo tengo que llevar? La unica diferencia seria se haga al amparo de la normativa reguladora.., y en este caso seria competente el juzgado de lo mercantil?.

    #301563
    Anónimo
    Invitado

    La literalidad de las leyes, joven; es nuestro amparo.
    Te leo mañana en el chat. Saluditos

    #301564
    fairy
    Participante

    Ok, gracias Baldo.

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