[b]Depende del orden jurisdiccional en el que nos encontremos turnará o no como ponente[/b] (y con algún matiz que te comentaremos al final).
[b]En el orden civil SI TURNA COMO PONENTE[/b]. Ello lo establece tanto la LOPJ (artículo 204: En la designación de ponente turnarán todos los Magistrados de Sala o Sección, [u]incluidos los Presidentes[/u]) como la LEC (artículo 180.3: En la designación de ponente turnarán todos los Magistrados de la Sala o Sección,[u] incluidos los Presidentes.[/u]
[b]En el orden penal NO TURNA COMO PONENTE[/b]. Ello lo establece la LECRIM (artículo 146: En cada causa habrá un Magistrado ponente. Turnarán en este cargo los Magistrados del Tribunal, [u]a excepción del que le presida.[/u]
Sin embargo (y es el matiz que te decíamos más arriba) que el presidente no turne como ponente en el orden penal NO ES ABSOLUTO ya que dice el final del propio artículo180 LECRIM: [i]Cuando los Tribunales o Salas se compongan sólo de un Presidente con dos Magistrados, turnará también el primero en las Ponencias, correspondiéndole una de cinco.[/i]
Por tanto, y a modo de resumen:
En el orden civil: el Presidente SI TURNA COMO PONENTE.
En el orden penal: el Presidente NO TURNA COMO PONENTE como norma general.
Excepción: Orden penal cuyas salas o tribunales se compones de 1 PRESI y 2 MAGISTRADOS:[b] SI TURNARÁ COMO PONENTE EL PRESIDENTE.[/b] DE CADA 5 PONENCIAS QUE HAYA, EN UNA SERÁ PONENTE EL PRESIDENTE.
En una futura pregunta tipo test, debemos cuidar si nos preguntan por la LOPJ/ LEC o si nos preguntan por la LECRIM y; a su vez; si dicha sala o tribunal está compuesta de un presidente y dos magistrados para no fallar en ningún caso.