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duda de LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #292715
    Academia Opositas
    Participante

    En el artículo 438 dice;
    “En ningún caso se admitirá reconvención en los juicios verbales que, según la ley, deban finalizar por sentencia SIN EFECTO DE COSA JUZGADA”
    ¿me podrían poner un ejemplo de “sin efecto de cosa juzgada”, por favor?
    Muchas gracias
    😳

    #292716
    Anónimo
    Invitado

    Hola Lupe; en esta ocasión podemos ser rápidos en la respuesta, aunque a estas horas; espero que también seamos claros.
    Te transcribo parte del precepto de la Ley 1/2.000 de Enjuiciamiento Civil que te da solución

    447.-
    2. No producirán efectos de cosa juzgada las sentencias que pongan fin a los juicios verbales sobre tutela sumaria de la posesión, las que decidan sobre la pretensión de desahucio o recuperación de finca, rústica o urbana, dada en arrendamiento, por impago de la renta o alquiler, y sobre otras pretensiones de tutela que esta Ley califique como sumaria.
    3. Carecerán también de efectos de cosa juzgada las sentencias que se dicten en los juicios verbales en que se pretenda la efectividad de derechos reales inscritos frente a quienes se opongan a ellos o perturben su ejercicio, sin disponer de título inscrito.
    4. Tampoco tendrán efectos de cosa juzgada las resoluciones judiciales a las que, en casos determinados, las leyes nieguen esos efectos

    Buenas noches.

    #292717
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias bg, creo que es el efecto de la ahora, me voy a descansar.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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