fbpx

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #301184
    pepeolmo
    Participante

    Hola, mi duda es la siguiente:
    Cuando una sentencia condenatoria se intenta notificar a traves de edicto y una vez pasado el tiempo de vigencia del mismo, como se requiere de pago al condenado, si no se conoce el paradero, supongo que se le requerira tambien por edicto, ¿no?
    Un Saludo. 🙂

    #301185
    Anónimo
    Invitado

    Buenos días, Pepeolmo.
    Para poder responder con mayor rigor a tu pregunta deberías indicarme, si no te importa, qué tipo de procedimiento se trata de ejecutar.
    No obstante, y siendo conocedor de tu actual destino, imagino que se trata de un juicio de faltas.
    Por ello, creo que efectivamente estás en lo cierto y que al haberse notificado edictalmente la sentencia, igualmente realizarás de esa forma el requerimiento para el pago de la multa al condenado.

    Espero tus comentarios.
    Saludos.

    #301186
    pepeolmo
    Participante

    Muchas gracias, Baldo, pues si efectivamente se trata de juicio de faltas, lo que tambien que me aclararas es si antes de proceder a la publicación del edicto, hay que averiguar el domicilio del condenado a traves de requisitoria.
    Un Saludo. 🙂

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?