Hola a todos,
Tengo una duda respecto del enunciado de la pregunta número 30 del test 2 de contencioso-administrativo de la unidad tutorial 13.
El enunciado dice:
“Se sustanciarán por el [u]procedimiento abreviado[/u] contencioso administrativo los recursos que se deduzcan en los asuntos que [u]conozcan los TSJ[/u] por materias que se traten de cuestiones que no se refieran:”
Según el artículo 78 conocen por el procedimiento abreviado los juzgados de lo Contencioso-administrativo y los Centrales, ¿pero el TSJ conoce también por este procedimiento???
Además, en uno de los esquemas que tenemos colgados en el material, del procedmiento abreviado contencioso, le da la competencia a los juzgados y central contencioso administrativo….