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Duda auto denegatorio de reforma

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #323081
    LN30
    Participante

    Buenas tardes, me ha surgido una duda sobre el auto denegatorio de reforma dentro de los autos denegatorios de procesamiento. A ver, ante el auto denegatorio de la reforma se podrá reproducir´ante la Audiencia correspondiente la petición de procesamiento y el Tribunal resolverá lo que proceda. Entonces mi duda es: ante la resolución del Tribunal (que sea desestimatoria me imagino),cabe por parte de los procesados recurso de apelación en un solo efecto no?. Gracias Saludos.

    #323082
    pilarricky
    Participante

    Hola,

    Sí, es como dices. Si el juez instructor deniega el procesamiento, entonces la parte acusadora solo puede interponer recurso de reforma. Si se desestima este recurso, solo le queda la opción de reproducir la petición de procesamiento ante la Audiencia Provincial. Si ésta estima la petición, y por tanto resuelve que sí que es procedente el procesamiento, ordenará al juez de instrucción que lo declare, y entonces, tal como dice la Lecrim, “los procesados a quienes estas resoluciones del instructor se refieran podrán utilizar directamente el recurso de apelación en un efecto, sin necesidad de que utilicen previamente el de reforma”.

    Espero haberme explicado.

    Un saludo

    #323083
    LN30
    Participante

    Gracias por contestar Pilar, si te has explicado. Saludos.

    #323084
    Anónimo
    Invitado

    Como siempre, acertadísima respuesta

    Es una pregunta “recurrente” esta de los recursos que caben contra los autos de procesamiento o denegatorios en el procedimiento ordinario penal

    Saludos y muchísimas gracias por vuestras aportaciones al foro

    #323085
    LN30
    Participante

    De nada Baldo. Al hilo de este post, si la Audiencia Provincial desestima la petición de procesamiento, no cabe ya ningún recurso no?. Gracias. Saludos.

    #323086
    Anónimo
    Invitado

    Asi Es Elena
    Mira una cosa; con el fin de que no nos queden atrasadas respuestas te ruego que cuando tengas una duda “diferente” la expongas en otro post y, si lo deseas, pones enlace al post en cuestión; así aseguramos que todo está ok

    Saludos de Baldo Gallego

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