Foros OPOSITAS

Duda artículo 519 LOPJ

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #328997
    maria.menendez
    Participante

    Buenos días,

    Al estudiar el artículo 519 de la LOPJ, no entiendo que quiere decir cuando indica que la cuantía de las retribuciones básicas será igual para cada uno de los cuerpos, entiendo que la retribución básica para auxilio, tramitación y auxilio sería la misma, pero eso no puede ser.
    Es una tontería, pero me he liado y no sé salir del errror.

    Gracias de antemano y un saludo,
    María

    #328998
    Ana-Maria
    Participante

    Hola María.

    A lo que se refiere el art. 519 de la LOPJ en relación a las cuantías de las retribuciones básicas de los funcionarios de justicia, es a que tanto el sueldo como los trienios (que son las retribuciones básicas) son las mismas para cada grupo. Es decir por un lado para Gestión, por otro Tramitación y por otro Auxilio.

    Estas se fijan en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

    Un saludo.

    #328999
    maria.menendez
    Participante

    Buenos días Ana María,

    Ok, muchas gracias, eso pensaba, pero me obcequé.

    Un saludo.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS