Hola chicos, a ver si me pueden ayudar;
El antes mencionado artículo está redactado así;
4.- Sin embargo, si la cuestión prejudicial fuese determinante de la culpabilidad o de la inocencia, [b]el Tribunal de lo criminal suspenderá el procedimiento hasta la resolución de aquélla por quien corresponda;[/b] pero puede fijar un plazo, [b][color=red]que no exceda de dos meses[/color][/b], para que las partes acudan [b]al Juez o Tribunal civil o contencioso-administrativo competente.[/b]
Y mi pregunta es;
¿Por qué sólo civil y contencioso?
¿no se podría dar nunca el caso en laboral?
Muchas gracias
😉