Buen día María,
Si es al [u]demandado[/u] la primera [b]citación o emplazamiento[/b] se hará por [b]remisión[/b], (ten en cuenta que el demandado [u]aún[/u] no es parte, por tanto no puede estar [u]aún[/u] representado por procurador).
Recuerda: para comunicarse con las partes que no se encuentren personadas por procurador, así como para proceder al primer emplazamiento o citación del
demandado, habrá que acudir al sistema de comunicación [u]por remisión[/u]: se enviará al destinatario copia de la resolución o de la cédula p[b]or correo certificado
o telegrama con acuse de recibo[/b], o por cualquier [b]otro medio semejante[/b] que permita dejar constancia fehaciente de que se ha recibido la comunicación, de la
fecha de la recepción y de su contenido.
Saludos!