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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #329367
    Vero
    Participante

    Buenos días:

    Tengo una duda en relación con el art. 761 LEC, sobre el procedimiento de reintegro de la capacidad. En el apartado 2, párrafo 2º, cuando dice: “[u]Si se hubiera privado al incapacitado de la capacidad para comparecer en juicio, deberá obtener expresa autorización judicial para actuar en el proceso por sí mismo[/u]”, entiendo que esa autorización se obtiene con el expediente de Jurisdicción Voluntaria de habilitación para comparecer en juicio y nombramiento de defensor judicial de los arts. 27 y ss de la LJV, ¿es así?

    Un atento saludo,
    Verónica

    #329368
    Anónimo
    Invitado

    Hola Vero, buenas tardes:

    Antes de nada te ruego disculpes el tremendo retraso en responder a esta duda. Ahora que estamos dando una vuelta por el foro hemos visto que está sin responder. Vamos a ello

    EStamos totalmente de acuerdo en la exigencia legal de un Defensor Judicial conforme a lo ordenado por la LEC y ese nombramiento habrá de hacerse en la forma establecida por la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria

    ¿de acuerdo?

    Saludos de Baldo Gallego

    #329369
    Anónimo
    Invitado

    Hola Vero, buenas tardes:

    Antes de nada te ruego disculpes el tremendo retraso en responder a esta duda. Ahora que estamos dando una vuelta por el foro hemos visto que está sin responder. Vamos a ello

    EStamos totalmente de acuerdo en la exigencia legal de un Defensor Judicial conforme a lo ordenado por la LEC y ese nombramiento habrá de hacerse en la forma establecida por la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria

    ¿de acuerdo?

    Saludos de Baldo Gallego

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