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duda art 447.2 y 3 lec

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #321600
    Boudica
    Participante

    “no producirán efectos de cosa juzgada….etc…..quiere decir dicho parrafo 2 que se puede volver hacer nuevo juicio al respecto. Y en el parrafo 3, lo mismo??? gracias de antemano.

    #321601
    esthal
    Participante

    Buenas tardes

    efecto de cosa juzgada es que no puede volverse a juzgar sobre los mismo hechos,las mismas partes y causa a pedir.

    Sin efecto de cosa juzgada en los juicios verbales con especialidades finalizan sin efecto de cosa juzgada,por tanto las partes podrán volver a plantear el litigo por el juicio plenario que corresponda.

    Espero haberte sido de ayuda

    Saludos

    #321602
    Boudica
    Participante

    conclusión: que puede haber nuevo juicio al respecto. ( pretensión de desahucio o recuperación de finca, rústica o urbana, dada en arrendamiento, por impago de la renta o alquiler o por expiración legal o contractual del plazo tambien pretenda la efectividad de derechos reales inscritos frente a quienes se opongan a ellos o perturben su ejercicio…. verdad.??

    #321603
    esthal
    Participante

    Hola

    Así es, las partes podrán volver a plantear el litigio en el juicio que corresponda.

    Saludos

    #321604
    Boudica
    Participante

    ok gracias.

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