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Duda art.44.3 Reglamento Ingreso

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #318048
    camaji
    Participante

    Buenas tardes

    ¿Alguien podría explicarme, qué quiere decir que en los concursos se ofertarán las plazas que resulten del propio concurso, siempre que no esté prevista su amortización?

    Saludos.

    #318049
    limartix
    Participante

    Holaaa,

    Creo que se refiere a los puestos de trabajo que dejan aquellos funcionarios que cambiaran de su puesto inicial como consecuencia de la adjudicación de uno de los puestos solicitados por él en el concurso.

    Me he liado…. a ver. Se ofertan las plazas que cada Administración tiene vacantes, de inicio. X ej: Pepe (funcionario) ocupa puesto de trabajo A, y concursa por conseguir el puesto B. Lo consigue, y se le adjudica el puesto B, el A (que era el que ocupaba), entiendo que es el que también se oferta, ya que “RESULTA COMO CONSECUENCIA DEL PROPIO CONCURSO”.

    Yo lo entiendo así, pero no sé si estoy en lo cierto.
    Y disculpa si te he liado en vez de aclarar…. 🙁

    saludos

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