Hola buenas tardes de todos. soy nefert hacia mucho tiempo que no entraba en el foro, pero siempre ando por aqui…
Tengo una duda, haber si alquien me puede ayudar.
El art 307 de la LOPJ ha sido modificado?? La confusión es la siguiente: El curso teórico y práctico que han de realiazar los Jueces cuando aprueban la oposición es: el teórico no inferior a 9 meses y el práctico inferior a 6 meses.
Es que rebuscando entre mis apuntes anteriores esos plazos son superiores y no se si es que ha habido una modificación en la LEY o simplente mis apuntes son erróneos.
GRACIAS DE ANTEMANO. UN SALUDO DESDE CASTELLAR DEL VALLES