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Duda art. 212 LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • Autor
    Entradas
  • #327740
    Alba
    Participante

    Hola, en cuanto a esta pregunta:

    27. ¿Cuál es el enunciado cierto?
    a) el plazo para recurrir una resolución comenzará a contar desde la publicación
    de la misma
    b) en ningún caso cabe dictar resoluciones orales en procedimientos civiles
    c) las sentencias judiciales serán publicadas por el Secretario judicial
    d) los secretarios judiciales pondrán en los autos certificación literal de las
    sentencias y demás resoluciones definitivas

    La correcta es la d, pero por qué no podría ser también la c? las sentencias las publica el Juez y no el LAJ?

    Gracias!

    #327741
    Ana-Maria
    Participante

    Buenos días, Alba.

    Cuando se habla de publicación refiere a la “publicación” o lectura en audiencia pública de la sentencia. Y para ello el art. 205 de la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial, señala:

    [i]Artículo 205.
    Corresponderá al ponente, :
    1. El despacho ordinario y el cuidado de su tramitación.
    2. Examinar los interrogatorios, pliegos de posiciones y proposición de pruebas presentadas por las partes e informar sobre su pertinencia.
    3. Presidir la práctica de las pruebas declaradas pertinentes, siempre que no deban practicarse ante el Tribunal.
    4. Informar los recursos interpuestos contra las decisiones de la Sala o Sección.
    5. Proponer los autos decisorios de incidentes, las sentencias y las demás resoluciones que hayan de someterse a discusión de la Sala o Sección, y redactarlos definitivamente, si se conformase con lo acordado.
    6. [u]Pronunciar en Audiencia Pública las sentencias.[/u][/i]

    Saludos y buen fin de semana,

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