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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #301767
    LAURA BLANCO MORA
    Participante

    Hola a todos!! a ver si alguien me puede explicar el párrafo del art.2d) LJCA, porque por mas que lo leo no encuentro una traducción o ejemplo que me ayude a memorizarlo…

    “El orden jurisdiccional contencioso-adminitrativo conocerá de las cuestiones que se susciten en relación con:

    ……d) Los actos administrativos de control o fiscalización dictados por la Administración concedente, respecto de los dictados por los concesionarios de los servicios públicos que impliquen el ejercicio de potestades administrativas conferidas a los mismos, así como los actos de los propios concesionarios cuando puedan ser recurridos directamene ante este Orden Jurisdiccional de conformidad con la legislación sectorial correspondiente.”

    Gracias y un saludo.

    #301768
    Anónimo
    Invitado

    Vamos a intentarlo Laureola.
    Determinadas actividades del sector público pueden ser encomendadas a personas físicas o jurídicas privadas o semipublicas, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.
    Esas entidades o personas a quienes se les encomienda una función determinada, también dictan actos administrativos. Los actos administrativos que dicten en el ejercicio de dicha función también pueden ser objeto de recurso contencioso administrativo
    ¿se ha quedado más claro? Espero que sí.
    En cualquier caso, si te parece correcto, te espero mañana en la sesión prevista, para poder ampliar la duda ¿quieres?
    Saludos y gracias por usar los foros de [url=http://www.opositas.com]www.opositas.com[/url] .

    #301769
    LAURA BLANCO MORA
    Participante

    ok, Baldo!!creo que ya me queda más clarito, no me había planteado la posibilidad de que dichas entidades pudieran a su vez dictar actos que fueran susceptibles de RCA. Así ya lo veo mejor….hay temas que me parecen tan “subjetivos” que hasta que no me imagino una posible situación real, me cuesta bastante asimilar

    Muchas gracias y nos leemos en la sesión de mañana!!!

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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