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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #332687
    jenpleite
    Participante

    Según el art. 141 bis LEC “En los casos previstos en los dos artículos anteriores…cuando sea necesario para proteger el superior interés de los menores y para preservar su intimidad, deberán omitirse los datos personales…”
    Los arts. 140 y 141 de la LEC no hacen mención al traslado de documentación a las partes, sino a terceros interesados, ¿entonces a las partes sí se les deberá facilitar los datos personales de los menores en virtud del derecho de defensa o tampoco? Gracias de antemano

    #332688
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Exacto, entendemos que en el traslado de copias simples, testimonio y certificaciones es a las [b]personas que acrediten un interés legítimo[/b] a los que deberán omitirse los datos relativos al menor [b]y NO A LAS PARTES,[/b] en virtud de su derecho de defensa.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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