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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • Autor
    Entradas
  • #332651
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Relacionado con el art 6 de la Ley del Gobierno: Entiendo que un Secretario de Estado sí puede ejercer la secretaría de una CDG pero en ningún caso la presidencia de la misma, no?.

    #332652
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Efectivamente, así es.
    [b]Presidencia solo podrá ser ejercida por[/b]: Presidente, Vicepresidente/s, en su caso, o los Ministros.
    Los [b]miembros que la componen pueden ser[/b]: Presidente, Vicepresidente/s, en su caso, o los Ministros y, en su caso, SECRETARIO DE ESTADO.
    [b]Secretario[/b]: Cualquier miembro de la que esté compuesta. Por tanto, en el caso de que haya Secretario de Estado, éste podrá actuar como secretario

    COMO EJEMPLO, TE DEJAMOS LA [b]COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS,[/b] regulada en el artículo 2 del [u]RD 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las CDG:[/u]

    1. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos tendrá la siguiente composición:
    [b]a) La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que la presidirá.[/b]
    b) La Ministra de Hacienda, que ejercerá las funciones de Vicepresidenta de la Comisión Delegada.
    c) La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Ministra de Educación y Formación Profesional, la Ministra de Trabajo y Economía Social, la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Ministra de Política Territorial y Función Pública, el Ministro de Ciencia e Innovación, el Ministro de Consumo y el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
    d) Las Secretarias de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de Hacienda y de Presupuestos y Gastos.
    ….
    4. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la Presidenta de la Comisión Delegada, la presidencia será asumida por la Vicepresidenta de dicha Comisión.
    5. [color=red][b]LA SECRETARIA DE ESTADO DE ECONOMÍA Y APOYO A LA EMPRESA EJERCERÁ LAS FUNCIONES DE SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS[/b].[/color] En su ausencia actuará como Secretaria de dicha Comisión Delegada la Secretaria de Estado de Hacienda.

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