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7 junio, 2021 a las 8:37 am #333299TUTORA Maria R.Participante
1. En el test auxilio internacional 1, en la siguiente pregunta da como válida la A) y por que no es la A y la C? También veo la C correcta.
9.- Señale la respuesta correcta. Con respecto a la ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional:
a) Recoge lo que podemos llamar un principio general favorable de cooperación, en virtud del cual las autoridades españolas cooperarán con las autoridades extranjeras en estas materias
b) Pese a no exigirse reciprocidad, el gobierno podrá, mediante real decreto-ley, establecer que las autoridades españolas no cooperarán con las autoridades de un Estado extranjero cuando exista una denegación reiterada de cooperación o prohibición legal de prestarla por las autoridades de dicho estado.
c) En la interpretación y aplicación de esta ley se procurará una tutela judicial internacionalmente [color=red]afectiva[/color] de los derechos e intereses legítimos de los particulares
d) Son ciertas todas las opciones anteriores.[b]RESPUESTA[/b]
No es la c) porque lo que se procurará es ASEGURAR una tutela judicial internacional [color=red]EFECTIVA.[/color]
Falta la palabra “asegurar” y [color=red]NO ES AFECTIVA; SINO EFECTIVA.[/color][b]Artículo 3. Principio general favorable de cooperación.[/b]
1. Las autoridades españolas cooperarán con las autoridades extranjeras en las materias objeto de esta ley conforme a lo establecido en el artículo anterior.
2. Pese a no exigirse reciprocidad, el Gobierno podrá, mediante real decreto, establecer que las autoridades españolas no cooperarán con las autoridades de un Estado extranjero cuando exista una denegación reiterada de cooperación o prohibición legal de prestarla por las autoridades de dicho Estado.
3. En la interpretación y aplicación de la presente ley se procurará [color=red]asegurar una tutela judicial internacionalmente efectiva[/color] de los derechos e intereses legítimos de los particulares.
4. Todas las solicitudes de cooperación jurídica internacional se llevarán a cabo y ejecutarán sin dilación, de acuerdo con los principios de flexibilidad y coordinación.2. En la siguiente pregunta del test actuaciones judiciales 03, ¿por qué la respuesta válida es la D) y no lo es la B)? 22. Conforme a lo dispuesto en la LOPJ, en las votaciones de sentencias de Juzgados comenzará: a) el Presidente b) el Ponente c) el Magistrado de mayor edad d) ninguna respuesta es cierta
[b]RESPUESTA[/b]
Esa pregunta TRAMPA.
Dice “votaciones de sentencias de juzgados”; los juzgados son órganos unipersonales, es decir, [color=red]que solo decide el juez[/color], no hay votaciones como en el caso de los tribunales.3. En la LEC, en el Artículo 29. Provisión de fondos. Cuando dice: “Deducida dicha pretensión, por el Letrado de la Administración de Justicia se dará traslado al poderdante por el plazo de diez días y el Letrado de la Administración de Justicia resolverá mediante decreto lo que proceda, fijando, en su caso, la cantidad que estime necesaria y el plazo en que haya de entregarse, bajo apercibimiento de apremio.”.
Ese plazo en que hay que entregarse es el de 10 días del artículo 34? o es el que fije el LAJ? es que por el artículo 29 entiendo que es el que fije el LAJ, pero por el artículo 34 entiendo que serían 10 días :”Art, 34.2. “Presentada la cuenta y admitida por el letrado de la Administración de Justicia, éste requerirá al poderdante para que pague dicha suma o impugne la cuenta por ser indebida, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación”.[b]RESPUESTA[/b]
En el artículo 29, el plazo en que haya de entregarse es el que fije el LAJ.
Ambos artículos establecen cuestiones diferentes:
[b][i]Artículo 29[/b]: PROVISION DE FONDOS: [u]EL PROCEDIMIENTO ESTÁ EN MARCHA[/u]. Ligado a lo que establece el CC para el contrato de mandato:
El mandante debe anticipar al mandatario, si éste lo pide, las cantidades necesarias para la ejecución del mandato[/i]
La provisión de fondos es la cantidad que solicita el procurador al poderdante a cuenta de la liquidación final
[b]Artículo 34:[/b] Plazo de 10 días. Aquí no estamos hablando de la provisión de fondos; sino de la cuenta del PROCURADOR. Es una situación diferente porque tendría lugar cuando al [u]terminar el proceso[/u] el cliente no ha abonado las sumas correspondientes a la cuenta del Procurador.
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