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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • Autor
    Entradas
  • #333102
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Estoy con la segunda sesión de JV y necesito que me confirmes que estoy en lo cierto con esta línea temporal sobre los plazos del artículo 142.
    Admisión y citación entiendo que se hacen en la misma resolución, no?
    Sé que quizás los 5d mínimo y 10d máximo no es muy riguroso porque la literalidad de la ley es que deben mediar 5d y no deberá demorarse +10d, pero es que llevo un rato dándole vueltas al párrafo y es solo a efectos de entenderlo y fijarlo en la memoria

    #333103
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Buenas tardes,
    Efectivamente es tal y como lo has planteado. No obstante, hagamos un resumen de cómo quedaría la admisión, el señalamiento y la citación:
    [b]1. PRESENTACIÓN SOLICITUD.[/b]
    En los 5 DÍAS [color=red]HÁBILES[/color] SIGUIENTES A ÁQUEL EN QUE SE PRESENTE LA SOLICITUD, el órgano competente dictará una resolución que contendrá:
    [b]2. ADMISIÓN Y CITACIÓN[/b]: Admito y cito el día X para que el acto de conciliación se celebre el día Y
    [b]3. Desde que cito hasta que se celebra el acto[/b]: deben mediar al menos 5 días.
    Es decir, entre el día X y el día Y debe haber entre medias un período mínimo de 5 días.
    Por ejemplo. Imagina que estás de viaje fuera de España. Para que llegues a tiempo al acto, por ley deben darte un plazo suficiente para que tu puedas organizarte. Ese plazo es mínimo de 5 días.
    [b]4. Desde que [color=red]admito[/color] no pueden transcurrir más de diez días hasta que se celebre el acto de conciliación[/b].
    Por ejemplo, si admito la solicitud el día 10, el acto de conciliación debe celebrarse ANTES DEL DÍA 20 y después del 15.

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