Buenas tardes,
Efectivamente es tal y como lo has planteado. No obstante, hagamos un resumen de cómo quedaría la admisión, el señalamiento y la citación:
[b]1. PRESENTACIÓN SOLICITUD.[/b]
En los 5 DÍAS [color=red]HÁBILES[/color] SIGUIENTES A ÁQUEL EN QUE SE PRESENTE LA SOLICITUD, el órgano competente dictará una resolución que contendrá:
[b]2. ADMISIÓN Y CITACIÓN[/b]: Admito y cito el día X para que el acto de conciliación se celebre el día Y
[b]3. Desde que cito hasta que se celebra el acto[/b]: deben mediar al menos 5 días.
Es decir, entre el día X y el día Y debe haber entre medias un período mínimo de 5 días.
Por ejemplo. Imagina que estás de viaje fuera de España. Para que llegues a tiempo al acto, por ley deben darte un plazo suficiente para que tu puedas organizarte. Ese plazo es mínimo de 5 días.
[b]4. Desde que [color=red]admito[/color] no pueden transcurrir más de diez días hasta que se celebre el acto de conciliación[/b].
Por ejemplo, si admito la solicitud el día 10, el acto de conciliación debe celebrarse ANTES DEL DÍA 20 y después del 15.