Foros OPOSITAS

DUDA 719.1 LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #320502
    LN30
    Participante

    Hola buenas noches, estudiando este artículo no entiendo a qué se refiere con la finalización del primer párrafo del apartado 1: “se procederá a hacer efectiva la suma convenida en la forma establecida para la ejecución dineraria”. A qué se refiere? A qué forma se refiere?. Gracias. Saludos.

    #320503
    maulloga
    Participante

    Hola, LN30, ten en cuenta que el art. 719 está enmarcado dentro del bloque de ejecución NO dineraria-

    Lo único que te dice que si hay conformidad con la liquidación presentada, entonces lo que se haya convenido que se debe se hará efectivo, en su caso, como se establece para la ejecución dineraria cuando el título ejecutivo es una condena a entrega de cantidad de dinero, es decir, vía de apremio en su caso, realización forzosa de bienes, subasta judicial… para liquidar lo que se debe al acreedor.
    Un saludo

    #320504
    LN30
    Participante

    Gracias por contestar. Saludos

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS