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DUDA 2 JUICIO ORDINARIO

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #315958
    poppins
    Participante

    Cuando te dice en el caso de acumulación de acciones que el plazo para contestar a la demanda se volverá a contar desde que se traslade esa ampliación de la demanda, quiere decir que si le hemos dado traslado al demandado de la demanda para que la conteste en un plazo de 20 dias, y por ejemplo han pasado cinco y recibe esa ampliación de la demanda ¿le quedarían 15 dias para contestar o empezamos de nuevo desde que recibe esa ampliación y por tanto le quedarían 20 dias para contestar ?
    Gracias
    Poppins

    #315959
    isabelgm
    Participante

    El plazo para contestar a la demanda son 20 dias desde que se comunica al demandado, es decir cuando el demandado recibe la notificacion de esa demanda.

    #315960
    poppins
    Participante

    Sé que el plazo es de 20 días pero mi duda venía porque una vez hecha la demanda pero antes de contestada la demanda, se hace acumulación de acciones entonces te dice que el plazo para contestar a la demanda cambia , no sé como se cuenta entonces dicho plazo

    Gracias

    #315961
    gabrie
    Participante

    yo entiendo que el plazo que se vuelve a contar es el de los 20 días, ya que al ampliarse la demanda, el demandado tiene que contestar a esas nuevas acciones, o incluso puede ser una ampliación subjetiva contra nuevos demandados, que creo que deben tener el mismo plazo para contestar, en fin esta es solo mi opinión y puedo estar equivocado, pero espero que te sirva de ayuda un saludo

    #315962
    poppins
    Participante

    Muchas gracias gabrie
    A ver yo tb creo que es asi
    Saludos

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