Hola, tengo dos preguntas que no estoy de acuerdo con las respuestas, ahí las pongo:
1- con respecto a la situación de servicios especiales:
a) Los funcionarios declarados en esta situación tendrán derecho a reserva de un puesto de trabajo.
b) Tal derecho de reserva será con relación a la misma provincia en la que estuviese destinado.
c) Respecto de tal reserva, las condiciones y la retribuciones deberán ser idénticas a las que disfrutaban al pasar a la situación de servicios especiales, siempre que hubieran pasado a dicha situación, desde la de servicio activo u otra que tuviera reconocido este mismo derecho.
d) Son ciertas a y c.
Respuesta a. Yo creo que es la D, estoy en lo cierto.
2-Con respectoa la situación de suspensión.
a) El funcionario declarado en situación de suspensión podrá quedar privado, durante el tiempo de permanencia en la misma, del ejercicio de sus funciones.
b) El funcionario declarado en situación de suspensión no podrá prestar servicios en ninguna administración pública.
c) El funcionario declarado en situación de suspensión podrá prestar servicios en organismos públicos o entidades de derecho público vinculadas a ellos, en los casos previstos legalmente
d) Son faltas todas.
Respuesta b. Yo creo que también la a es valida. ❓
gracias. un saludo