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dos preguntas sencillitas de penal

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #308616
    dani9791
    Participante

    buenas ahí van dos preguntas sencillitas de penal;

    1-quién nombra al intérprete en penal?

    2-para la entrada en lugares cerrados es necesario AUTO, pero, para la entrada en un edificio público es necesario AUTO?

    MUCHAS GRACIAS, SALUDOS A TODOS!!!!

    #308617
    Academia Opositas
    Participante

    Hola.

    Te doy mi opinión respecto a ambas preguntas.

    Respecto a la primera cuestión, el intérprete será nombrado, tanto en fase de instrucción como en fase de juicio oral, por el Juez que instruya la causa o que conozca del asunto. La LECrm. no lo establece claramente, pero debido a que la actividad judicial es determinante en el ámbito penal, todas las decisiones que incidan en el ámbito de las garantías procesales las resuelve el juez.

    Respecto a la segunta cuestión, para la entrada en todo lugar cerrado es necesaria resolución judicial motivada, esto es, AUTO. Salvo que medie el consentimiento del afectado.

    Un saludo.

    #308618
    dani9791
    Participante

    Muchas gracias av, tomo nota.

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