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Foros OPOSITAS

Disposición final decimosexta LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #330059
    LN30
    Participante

    Buenas noches me ha surgido una duda con respecto a la disposición final decimosexta de la LEC, actualmente está ya vigente no?, Con lo cual entiendo que modifica los artículos del recurso por infracción procesal de cara al examen de Tramitación no?, Me ha descolocado mucho esta disposición final…no sé cómo abordarla….. gracias. Saludos

    #330060
    LN30
    Participante

    Buenas, entiendo que según esta disposición si no se confiere la competencia a los TSJ, la competencia es de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo pero mientras quede confiera es del TSJ, con lo cual cuando no se confiera la competencia a losTSJ habrá que seguir las reglas de interposición del recurso de infracción procesal que marca está disposición no?, Creo q estoy en lo cierto a ver si alguien me lo aclara. De todas maneras en el examen tendrá que hacer alusión a esta disposición para poder responder adecuadamente, porque si no tendríamos que responder según los artículos antiguos de la LEC sobre recurso por infracción procesal. Saludos

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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