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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #299887
    ybarra
    Participante

    Cuando la ley dice que los recurrentes presentaran demanda simultanea )art 52 LJCA) se refiere a que presentaran una unica demanda, o varias demandas pero en el mismo plazo?

    Gracias

    #299888
    Anónimo
    Invitado

    Hola. Gracias por usar los foros de [url=http://www.opositas.com]www.opositas.com[/url]

    Salvo mejor criterio, entendemos que se refiere a que dentro de ese plazo “común” de veinte días habrán de presentarse las demandas por los varios recurrentes, aunque tuvieran diferente representación y defensa en el procedimiento.

    Saludos.

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