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DECLARACIÓN DE AUSENCIA LEGAL

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #321268
    LN30
    Participante

    Buenas noches, con relación a la declaración de la ausencia legal, en el tema de Tramitación, concretamente el tema 19, en la página 6, no entiendo el siguiente párrafo: “Tanto en las solicitudes como las oposiciones que se deduzcan se resolverán seiguiendo los trámites del juicio verbal, por auto contra el que se dará recurso de apelacion, que se sustanciará ante la AUDIENCIA RESPECTIVA, a qué se refiere con Audiencia respectiva? A qué Audiencia en concreto se hace referencia?. Gracias. Saludos.

    #321269
    limartix
    Participante

    Holaaa,

    Pienso que se refiere a Audiencia Provincial, que es donde se resolverá el recurso de apelación en caso de interponerse éste.

    Saludos

    #321270
    LN30
    Participante

    Subo de nuevo el post a ver qué opinan los demás compañeros. Gracias por contestar limartix. Saludos

    #321271
    gabrie
    Participante

    pienso igual que limartix. Saludos

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