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cuando se practica auxilio judicial en actos de comunicación

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #304502
    trabs
    Participante

    pos eso compis, es que leyendo la ley no me queda claro, porque por ejemplo, si es un testigo, se le manda por correo y ya esta? al testigo solo se va a la casa si este correo nos es devuelto?
    saludos

    #304503
    Eulalia
    Participante

    Hola , yo lo que creo es que según la lec se utilizan según los casos tres formas de comunicación .
    1.-Por procurador
    2.-Por correo
    3.-Mediante entrega de la copia de resolución o cédula

    Como bien dices en funcionario de auxilio interviene cuando es mediante entrega y ésta se hace en el domicilio del interesado, en el las otras dos formas pues no interviene.Como dices también la comunicación a testigos y peritos se hace por correo , pero si fracasa pues se hace mediane entrega y aquí la hace el auxiliar judicial

    En la lecr se puede hacer en los estrados ,fuera de ellos y cuando el tribunal lo estime por correo, aquí en principio interviene el funcionario de auxilio cuando se hace fuera de los estrados porque si hace en los estrados , creo que el que lee la resolución es el secretario, y si es por correo pues por correo

    En lpl interviene el auxiliar judicial cuando no fuera posible hacer la comunicación bien en el juzgado o tribunal o servicio común o por correo, que son las dos formas más habituales, y que sería entonces mediante entrega.

    Bueno, en conclusión que el auxiliar interviene en las comunicaciones mediante entrega fuera de los estrados, al menos eso creo yo….

    #304504
    vereda
    Participante

    Al testigo cuando se le ve la cara es el el juicio, a no ser que por la distancia o por la imposibilidad de practicar dicha prueba en el acto de juicio se practique a traves del auxilio judicial, es decir por exhorto en civil, y en penal dependiendo del Juzgado, suplicatorio, exhorto o mandamiento u carta orden.

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