Hola , yo lo que creo es que según la lec se utilizan según los casos tres formas de comunicación .
1.-Por procurador
2.-Por correo
3.-Mediante entrega de la copia de resolución o cédula
Como bien dices en funcionario de auxilio interviene cuando es mediante entrega y ésta se hace en el domicilio del interesado, en el las otras dos formas pues no interviene.Como dices también la comunicación a testigos y peritos se hace por correo , pero si fracasa pues se hace mediane entrega y aquí la hace el auxiliar judicial
En la lecr se puede hacer en los estrados ,fuera de ellos y cuando el tribunal lo estime por correo, aquí en principio interviene el funcionario de auxilio cuando se hace fuera de los estrados porque si hace en los estrados , creo que el que lee la resolución es el secretario, y si es por correo pues por correo
En lpl interviene el auxiliar judicial cuando no fuera posible hacer la comunicación bien en el juzgado o tribunal o servicio común o por correo, que son las dos formas más habituales, y que sería entonces mediante entrega.
Bueno, en conclusión que el auxiliar interviene en las comunicaciones mediante entrega fuera de los estrados, al menos eso creo yo….