Foros OPOSITAS

CORTO PLAZO

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #327377
    Anónimo
    Invitado

    Buenas noches

    Como hemos comentado hoy, en la LECivil no se habla de “plazos concretos” para hacer referencia al corto o medio plazo

    En la Ley Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, concretamente su artículo 169-3º se establece:

    [quote]3. A efectos de embargo se entiende que un crédito, efecto, valor o derecho es realizable a corto plazo cuando, en circunstancias normales y a juicio del órgano de recaudación, pueda ser realizado en un plazo no superior a seis meses. Los demás se entienden realizables a largo plazo.

    [/quote]

    #327378
    aliche74
    Participante

    Hola Baldo Muchas Gracias
    Por favor podrías indicar en qué unidad se encuentra la videotutoria de apremio que comentaste en la clase de ayer. Me gustaría oírla y no tengo tiempo de buscarla. Yo tengo el temario de gestión. Gracias

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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