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Constitución Española. Duda de una alumna.

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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    Entradas
  • #332137
    tutor-age2
    Participante

    [b]¿Por qué se dice que la Constitución Española es elástica?[/b]

    La Constitución Española de 1978 se dice que es elástica en alusión a la interpretación de su contenido, de su texto a lo largo del tiempo.
    Una constitución elástica o abierta es más susceptible de ser sometida a las nuevas circunstancias sociales, económicas, científicas, tecnológicas, culturales, además de las políticas, de tal manera que cada vez que hay un cambio de gobierno no es necesario cambiar la constitución, puesto que su contenido es adaptable.

    Es importante destacar que el carácter elástico de la Constitución no contradice su rigidez (límites para ser modificada, Título X Reforma).

    Un saludo.

    #332138
    tutor-age1
    Participante

    [b]DUDAS DE UNA ALUMNA
    [/b]
    [b]1. Si nos preguntan de qué fecha es la Constitución Española de 1978, ¿qué respuesta damos?[/b]
    Si nos formulan una pregunta sobre fecha de la CE, deben de alguna manera mencionarnos algunos de los detalles siguientes, cuando se creó, ratificó, sancionó, promulgó, entró en vigor o publicó en el BOE. Cuidamos estas cuatro fechas y leemos muy bien la posible pregunta y cada una de las respuestas.
    – Se creó el 31 de octubre de 1978.
    – Se ratificó en referéndum el 6 de diciembre de 1978.
    – Se sancionó y promulgó por el Rey el 27 de diciembre de 1978.
    – Entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, el 29 de diciembre de 1978.

    [b]2. En la Pirámide de Kelsen en relación con la jerarquía ¿la CE sería igual a los Tratados Internacionales?[/b]
    En la pirámide de Kelsen, la cúspide la ocupa nuestra norma suprema, la Constitución Española de 1978, y justo por debajo quedan los Tratados Internacionales que sean ratificados por España.

    [b]3. ¿Quién se encarga de defender el ordenamiento constitucional, las Fuerzas Armadas o el Tribunal Constitucional?[/b]
    Conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la CE, “Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional”.

    Por otro lado, en el Título IX de la CE y en la L.O. 2/1979, de 3 de octubre, analizaremos más adelante las numerosas funciones del Tribunal Constitucional, entre las cuales ya hemos nombrado el recurso de amparo, por ejemplo.

    [b]4. En el Art. 23. 2 CE cuando dice: ”tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a funciones y cargos públicos” ¿a qué se refiere con cargos públicos?[/b]
    Se refiere al acceso a la Función Pública, en base a los principios de mérito y capacidad. Este artículo lo podemos relacionar con el 103.3 de la CE.

    5. En cuanto a las Cortes Generales, existe un [u]Reglamento del Congreso[/u] de los Diputados y un [u]Reglamento del Senado[/u], de forma separada.

    [b]6. ¿Qué quiere decir voto ponderado?[/b]

    Es un procedimiento de toma de decisiones muy utilizado en la esfera internacional, que atribuye un valor desigual a los votos de los Estados miembros, atendiendo a factores como su peso político, demográfico, extensión territorial, contribución financiera, etc. (tú vales tanto como aquello a lo que representas). Este es un sistema muy utilizado en la UE.

    [b]7. En relación con el estatuto jurídico de Diputados y Senadores existen una serie de incompatibilidades[/b], entre ellas: altos cargos de la Administración General del Estado con excepción de los miembros del Gobierno ¿con altos cargos de la Administración General del Estado se refiere a Ministros, Secretarios de Estado, Directores Generales…?
    Cuando nos hablan de los altos cargos de la AGE tenemos en cuenta la Ley 3/2015, de 30 de marzo, y efectivamente, se refieren a Secretarios de Estado, Subsecretarios, etc.

    Espero queden resueltas las dudas.

    ¡Un saludo!

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