Hola JJdiaz, espero poder ayudarte.
En primer lugar, es importante que recuerdes esos conceptos respecto al acto de conciliación regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1.881 que sigue vigente para dicho proceso judicial.
La prescripción es una figura jurídica que viene a significar “transcurso del tiempo…. sin haber realizado alguna actividad” (asi nos puede valer). Por tanto si se produce prescripcion , una veces será para perder derechos (extintiva) y otras será para conseguirlos (adquisitiva); esto ultimo ocurre por ejemplo en lo que se denomina USUCAPIÓN, que viene a ser la adquisición de un derecho por el transcurso de plazos.
Saludos y veo que estás fuerte con el estudio. GENIAL ESO.