fbpx

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #301506
    lourdesbueno
    Participante

    Según el art. 270 de la LECrim todos los ciudadanos españoles, hayan sido o no ofendidos por el delito, pueden querellarse, ejercitando la acción popular.

    Pero yo creía que la querella suponía que eras parte y perjudicado, y cuando no era así, y sólo querías denunciar algún hecho delictivo, sin ser parte, ponías una denuncia.

    ¿Podría alguien aclarar mi duda y decirme la opción correcta en cada caso?

    Gracias y un saludo

    #301507
    pepeolmo
    Participante

    hola, lourdesbueno, mira los arts. 250 al 269 y 260 al 281 de la LEcrim., para ver las diferencias entre la denuncia y la querella.
    Saludos. 🙂

    #301508
    lourdesbueno
    Participante

    Gracias, pepeolmo, me has dado un ratito de trabajo… Este tema es nuevo y estoy un poco perdida entre tanto concepto. Creo que me olvidé del acusador popular…
    En cuanto a la diferencia entre denuncia y querella, creo que me ha quedado claro.
    Muchas gracias…

    #301509
    Anónimo
    Invitado

    Hoy hemos estado viendo eso en clase (ya sé que no has podido asistir).
    Intentamos resolverlo.
    Acusación particular: persona ofendida, tratándose de un delito público.
    Acusación popular: persona no ofendida en un delito público.
    Acusador privado: persona ofendida en un delito privado.

    Saludos.

    #301510
    lourdesbueno
    Participante

    Gracias, bg… Como ves me hago un lío con todo esto. Por eso no me gusta perderme la clase.
    Un saludito…

    #301511
    Anónimo
    Invitado

    Bien Lourdes, no te preocupes por ello.
    Ayer comenté en presenciales que ahora disponeis de dos semanas para repasar todas las materias que han sido objeto de estudio durante los pasados meses. Tranquila y vete “cerrando” materias.
    Nos vemos por la academia y mañana en el test-chat.

    Saludos.

    #301512
    lourdesbueno
    Participante

    No llevo el tema de ejecución para hacer un test, pero de todas formas allí estaremos. Pero, aviso: no pienso decirte el resultado.
    Un saludito…

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?