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competencias juzgados c.a

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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  • #327245
    VDORADOA
    Participante

    Buenas noches.
    Este artículo me liará una y mil veces…
    art 8.2 ley 29/1998 ….
    conocerán, asimismo, en única o primera instancia de los recursos que se deduzcan frente a los actos administrativos de la Administración de las Comunidades Autónomas, salvo cuando procedan del respectivo consejo de gobierno, cuando tengan por objeto:
    a) cuestiones de personal, salvo que se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de funcionarios publicos de carrera….. entonces debo de entender que si les corresponden el conocimiento de las cuestiones que se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de funcionarios públicos de carrera….???? porque si dice que les corresponde las actos de la adminsitración de las comunidades autornomas salvo cuando procedan del consejo de gobierno salvo estas excepciones…. no sé que lio es esto.

    Un saludo

    #327246

    Hola Xugus las cuestiones de personal son del juzgado, salvo si se refieren al nacimiento o extinción de funcionarios pùblicos de carrera que son del TSJ y las de planeamiento urbanistico, las del Consejo de gobierno de una comunidad autónoma que también son del TSJ.
    Espero que te sirva o aclare saludos.

    #327247
    VDORADOA
    Participante

    Adela, entiendo lo que me dices, pero tal y como esta expuesto lo entiendo de la otra manera. Es que me gusta buscar los 3 pies al gato.
    Mil gracias

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