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competencia de los organos contencioso-administrativo

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #319525
    gabrie
    Participante

    Buenas tardes compañeros, repasando el art.9 en su apartado 1b, hay un detalle que no me había fijado, y es que dice que los Juzgados Centrales conocerán de los actos de los Órganos centrales de la Administración General del Estados en supuestos de sanciones administrativas no superiores a 60.000 euros y cese de actividades no superior a 6 meses, hasta ahí todo bien, pero ¿quien conoce si la sanción o el cese es superior a lo indicado anteriormente, porque si es Ministro o Secretario de Estado conoce la Audiencia Nacional, pero de los demás Órganos centrales no lo tengo tan claro?.
    Bueno espero vuestra opinión. Un saludo. Gracias

    #319526
    J2C2
    Participante

    Buenas tardes, gabrie.

    La respuesta a tu duda la encentras en el artículo 10.1 i) de la Ley 29/1998, en donde se establece que los TSJ conocerán de “Los actos y resoluciones dictados por órganos de la Administración General del Estado cuya competencia se extienda a todo el territorio nacional y cuyo nivel orgánico sea inferior al de Ministro o Secretario de Estado en materias de [u]personal[/u], propiedades especiales y expropiación forzosa”.

    Por lo tanto, todas las cuestiones de personal dictadas por los Subsecretarios y demás órganos directivos del Gobierno son competencia de los TSJ.

    Saludos.

    #319527
    gabrie
    Participante

    Gracias j2, es cierto, no lo habia relacionado muchas gracias, un saludo.

    #319528
    aliche74
    Participante

    Gracias a Gabriel por plantear esta pregunta y a J2C2 por aclarar y relacionar la duda planteada. Me ha servido de ayuda. Saludos

    #319529
    LN30
    Participante

    Buenas compañeros, a mí también me ha servido de ayuda, la verdad es que no me había parado en ese detalle. Gracias Gabriel y J2C2. Los articulos sobre competencia creo que son dificiles para la mayoría y siempre van surgiendo dudas sobre ellos. Un saludo.

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