Foros OPOSITAS

competencia de los Juzgados Centrales contencioso Administrativo

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #320749
    aliche74
    Participante

    Hola Compañeros:
    Tengo esta duda, según el art9 LJCA, Los JCCA, son competentes para conocer del recurso contra los actos dictados por los Ministros y Secretarios ( órganos superiores de la Admistracíón Central del Estado) en materia de personal salvo
    que se trate del nacimiento o extinción de la relación funcionarial o de personal militar en cuyo caso será compentente la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. Y aquí viene mi duda, dicho articulo 9 LJCA establece otra salvedad ( salvo que confirmen en via de recurso, fiscalización o tutela los actos dictados por los órganos inferiores. ¿En este caso seria competente el Juzgado de lo Contencioso Administrativo?, en base a lo dispuesto en el art 8 apartado 3 LJCA ( ” resoluciones de los ÓRGANOS SUPERIORES, cuando confirmen en via de recurso, fiscalización y tutela los dictados por los órganos inferiores. Alguién me puede ayudar, Gracias

    #320750
    esthal
    Participante

    Hola aliche

    yo también he dudado en ese artículo y a mi entender deduje que los JCA conocerán “en 1ª o única instancia” de las resoluciones de los órganos superiores cuando confirmen los dictados por aquellos en vía de recurso, fiscalización o tutela, y conocerán los JCAN de esto pero cuando sea en “única instancia”, así lo entendí yo
    ahora no estoy muy segura, estaría bien la opinión de más compañeros.

    Saludos

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS