Buenas tardes,
adjunto la siguiente duda referente a la pregunta indicada:
“Respecto al Ministerio Fiscal, ¿estará legitimado?”
a) Sí ya que se prevé su legitimación en el art. 17 LJS.
b) No, sólo estará legitimado en los casos que expresamente lo prevea la Ley.
c) En todos los procedimientos de este orden, el Ministerio Fiscal estará legitimado
para intervenir.
d) Ninguna es cierta
¿Por qué valida la B en lugar de la A?
Gracias por vuestra ayuda.