Foros OPOSITAS

CASO PRÁCTICO SOCIAL Nº 59, PREGUNTA 6:

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • Autor
    Entradas
  • #329958
    ALICIA LOPEZ
    Participante

    Buenas tardes,

    adjunto la siguiente duda referente a la pregunta indicada:

    “Respecto al Ministerio Fiscal, ¿estará legitimado?”

    a) Sí ya que se prevé su legitimación en el art. 17 LJS.
    b) No, sólo estará legitimado en los casos que expresamente lo prevea la Ley.
    c) En todos los procedimientos de este orden, el Ministerio Fiscal estará legitimado
    para intervenir.
    d) Ninguna es cierta

    ¿Por qué valida la B en lugar de la A?

    Gracias por vuestra ayuda.

    #329959
    Ana-Maria
    Participante

    Buenos días, Alicia.

    Porque de acuerdo al art. 17.4 de la LRJS, no esta legítimado en todos los casos, sino que estará legitimado para intervenir [b]en todos aquellos supuestos previstos[/b] en la LRJS. Por ello consideramos que la opción b) es la más completa.

    Un saludo.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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