Buenos días, me surge una duda respecto al recurso de apelación contra el auto de prisión. Copio el artículo:
Artículo 507.
1. Contra los autos que decreten, prorroguen o denieguen la prisión provisional o acuerden la libertad del investigado o encausado podrá ejercitarse el recurso de apelación en los términos previstos en el artículo 766, que gozará de tramitación preferente. El recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un plazo máximo de 30 días.
Este plazo máximo de 30 días es aplicable también a una apelación contra un auto de libertad con fianza?
Gracias. La duda me surge a raiz del test 7 UT 19, GL- Pregunta 3. Donde si se hace extensivo ese plazo.