Foros OPOSITAS

Artículo 107lec

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • #327154
    VDORADOA
    Participante

    Buenos días
    En referencia a este artículo….
    La recusación se inadmitira’
    1 cuando no se proponga en plazo de diez días desde la notificación de la primera resolución por la que se conozca la identidad ndel juez o magistrado a recusar, (hasta aquí bien, pero no entiendo la continuación) si el conocimiento de la concurrencia de la causa de recusación, fuere anterior a aquel.
    Un saludito

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