Hola Capmeh
Como bien sabes, antes de iniciar el proceso laboral es necesario agotar determinadas vías en sede administrativa, como puede ser el acto de conciliación ante el órgano correspondiente
Dicho ello, la solicitud inicial se formula mediante lo que se denomina “papeleta de conciliación”, lo que podría entenderse como “demanda” si bien al intentar un “acuerdo”, se prefiere optar por esa denominación de “papeleta”
Dicho ello una vez celebrada puedes acudir a la via judicial y para acreditar su celebración o el transcurso del plazo sin que se haya formulado, llevarás documento que lo justifique, y en ese caso te darán una “certificación”
¿aclarado?
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