fbpx

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
  • Autor
    Entradas
  • #293294
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a todos:
    haber si alguien me puede ayudar a aclarar este articulo
    dice en el punto y a parte ” El tercero depositario también tendrá derecho a verse resarcido de los daños y perjuicios quesufra a causa del depósito”.
    ? a quien se refieren como tercero depositario?
    ? es el mismo que el tercero poseedor?, no creo, sino porque dice “también”.
    en fin esta un poco lioso este articulo
    gracias por anticipado
    un saludo

    #293295
    manolo9
    Participante

    Espero no liarte y no meter la pata.
    Yo entiendo que pueden ser dos personas distintas el tercero poseedor y el tercero depositario.
    Hablamos del ejecutante y del ejecutado, esto está claro. El tercero poseedor puede ser una persona que se le ha dejado el bien para cualquier cosa y en ese momento (embargo) tiene la posesión de ese bien aunque no sea propietario. La ley le obliga a conservar el bien a disposición del tribunal.
    El tercero depositario es nombrado por el tribunal para que “guarde” esos bienes, por ejemplo, un almacén de muebles o mudanzas.

    Yo entiendo así este tema, es decir, puede haber 4 “partes”: ejecutante, ejecutado, tercero poseedor y tercero depositario.

    Esperemos una voz más sabia que nos corrija.
    Saludos.

    #293296
    Academia Opositas
    Participante

    Dolors, Manolo, muy buenas:
    Manolo, estás en lo cierto.
    Corroborando lo que tu dices, el tercero poseedor ya tenía el bien antes de ser depositario mientras que el tercero depositario sólo tiene ese bien gracias al proceso que se sigue.
    Saludooos 😉

    #293297
    Academia Opositas
    Participante

    Muchas gracias Manolo y CR:
    estoy de acuerdo con vosotros y creo que deberia ser así. pero el tribunal no lo considera igual, puesto que en el segundo examen de agentes de hace dos convocatorias, si no lo recuerdo mal era el día 25 demayo de 2002. salió esta pregunta, la pregunta a la que hago referencia era la núm tres del supuesto núm uno. dicha pregunta fue impugnada por una compañera mia, la cual habia tenido el mismo criterio que nosotros, amablemente le contestaron diciendole que el tribunal daba por enterado que el tercer poseesor es el mismo que el tercero depositario. Por esto estoy hecha un lio, porque todo así no les doy la razón.
    haber si en alguien puede encontrar este supuesto con la respuesta del tribunal, así lo vereis más claro.
    muchas gracias

    #293298
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a todos.He estado buscando el examen del que hablas Luzes y éstaes la pregunta:

    3.- Suponiendo que se embargase el velero y este quedara depositado en su actual poseedor, este último …
    a) No tendrá derecho a que se le reembolse ningún gasto derivado del depósito.
    b) Tendrá derecho a reembolso de los gastos de depósito derivados del transporte, conservación, exhibición y administración.
    c) Solo tendrá derecho a que se le resarzan los daños y perjuicios que sufra a causa del depósito.
    d) El Tribunal deberá fijar la remuneración que le corresponde.

    Según la plantilla que tengo se da como correcta la c).

    El artículo 628 dice que si el depositario fuera [u]persona distinta del ejecutante, del ejecutado y del tercero poseedor[/u] del bien mueble objeto del deposito tendra derecho al reembolso de los gastos ocasionados por el transporte , conservacion , custodia ,exhibicion y administracion de los bienes …….
    El tercero depositario tambien tendra derecho a verse resarcido de los daños y perjuicios qu sufra a causa del deposito.

    En el caso del examen el depositario era una persona que lo tenia en su poder antes del embargo , poor lo tanto era 3 poseedor, pero que tras el embargo se convirtió en tercero depositario. Por tanto y segun el art 628 tendra derecho a daños y perjuicios a causa del deposito pero al ser tercero poseedor no tendra derecho a reembolso del parrafo 1 por así excluirlo expresamente.

    No se si me habre explicado bien, pero espero que te haya servido de ayuda.
    Saludos.

    #293299
    manolo9
    Participante

    Hola.
    Estoy de acuerdo con la explicación de rom. Dolors, creo que debes leer el mensaje anterior varias veces y seguro que al final entiendes la explicación. Es un poco complicado por el juego de nombres tan parecidos.
    Saludos.

    #293300
    Academia Opositas
    Participante

    ROM? porqué llamaste Luzes a Dolors? es simple curiosodad…

    “Hola a todos.He estado buscando el examen del que hablas Luzes y éstaes la pregunta:”
    ——————————————————————————-
    Aprovecho para saludar a todos. Hace muchos meses que no escribo, pero sigo aquí… entre bambalinas… os leo a diario… les saco partido a vuestros mensajes tanto sobre dudas, como los de ánimo, que son los que tanto me ayudaron a superar ese “SUSPENSO AL TEMPLE Y SERENIDAD” de mi sengundo de máquina…

    No quiero extenderme pero MIL GRACIAS a Rom ,Manolo9, Cr, mariaje, indy, mariajos. robina, sildavia, loira, pepeolmo, enu33, ….., ….., ….., ……, ….., si no ves tu nombre, uno de esos puntitos eres tú…

    ¿Creiste que me olvidaba de ti? …bg? pues no, a tí las MIL más grandes… Besos a todos de Luzes entre bambalinas…

    #293301
    Academia Opositas
    Participante

    😀 Perdona Luzes, valiente despiste, quería decir Dolors en el mensaje anterior.
    La verdad es que no sé por qué se me metió en el coco que eras tú la que tenía la duda.

    En fin, saludos para las dos Dolors y Luzes y para todos los demás. 😉

    #293302
    Academia Opositas
    Participante

    gracias a todos por vuestro interes en contestarme, intentaré leermelo cincuenta veces y haber si consigo verlo tan claro como vosotros.
    saludos

Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?