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art 592

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #309322
    mariquer69
    Participante

    Hola me estan surgiendo unas dudas que me estan generando confusión según art 592 2º : irán las acciones que cotizan en bolsa verdad?

    Y según art 592.6º irán las letras de cambio, pagares, cheques y obligaciones
    Bueno eso creo yo. Gracias.

    #309323
    Academia Opositas
    Participante

    Hola.
    Efectivamente en cuanto a las acciones que cotizan en bolsa, entendemos que irán al apartado 2 del art. 592 de la LEC.
    Las acciones de entidades que no cotizan en bolsa, así como participaciones sociales, al apartado ó número 6 de dicho precepto.

    En cuanto al resto de documentos a que te refieres, podemos plantearnos (en función del plazo) número 2 o 6.

    Es nuestra opinión, sometida a mejor criterio, por supuesto.

    Saludos.

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