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ART. 579 LEC. EJECUCION DINERARIA.

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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    Entradas
  • #324864
    Isabelpalomino
    Participante

    BUENAS TARDES, PILARRICKY PUEDES EXPLICARME ESTE ARTÍCULO?:

    EL ART 579. 2 B) LEC. EN EL SUPUESTO DE QUE SE HUBIERA APROBADO EL REMATE O LA ADJUDICACION EN FAVOR DEL EJECUTANTE, O DE AQUEL A QUIEN LE HUBIERA CEDIDO SU DERECHO Y ÉSTOS, O CUALQUIER SOCIEDAD DE SU GRUPO, DENTRO DEL PLAZO DE 10 AÑOS DESDE LA FECHA DE LA APROBACIÓN, PROCEDIERAN A LA ENAJENACIÓN DE LA VIVIENDA, LA DEUDA REMANENTE QUE CORRESPONDA PAGAR AL EJECUTADO EN EL MOMENTO DE LA ENAJENACIÓN, SE VERÁ REDUCIDA EN UN 50% DE LA PLUSVALÍA OBTENIDA EN TAL VENTA, PARA CUYO CÁLCULO SE DEDUCIRÁN TODOS LOS COSTES QUE DEBIDAMENTE ACREDITE EL EJECUTANTE.

    SALUDOS.

    #324865
    Flaracan16
    Participante

    Hola Isabel,

    Imagina que tienes una hipoteca y que dejas de pagarla y que tras el juicio de impago el juez adjudica el piso al ejecutante (el banco), pero aún así sigues debiendo dinero, p.e 30.000 euros.

    Si dentro de los 10 años siguientes el banco vende el piso, y esa venta es por un valor superior al que se le valoró para su adjudicación y por tanto calcular la cantidad pendiente de deuda, esto genera unas ganancias (plusvalía).

    A esa plusvalía habría que desquitar los costes acreditados por el ejecutante en la venta de dicho piso, y a lo que quedara practicarle el 50 por ciento, y ahora restarlo a los 30.000 euros que nos quedaban de deuda el día de la adjudicación.
    30.000 – (50 por ciento plusvalía – costes) = nueva deuda en caso de venta.

    Esta sería la deuda que nos quedaría por pagar en caso de venta antes de que pasaron esos 10 años.

    No se sí me he explicado bien.

    Saludos.

    #324866
    pilarricky
    Participante

    Buenas noches:

    Flacaran, lo has explicado de maravilla.

    Gracias por vuestra participación.

    También creo recordar que hay alguna grabación en que Baldo habla sobre esto.

    Saludos

    #324867
    Isabelpalomino
    Participante

    CLARO QUE TE HAS EXPLICADO MUY BIEN, GRACIAS FLARACAN

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