Hola Isabel,
Imagina que tienes una hipoteca y que dejas de pagarla y que tras el juicio de impago el juez adjudica el piso al ejecutante (el banco), pero aún así sigues debiendo dinero, p.e 30.000 euros.
Si dentro de los 10 años siguientes el banco vende el piso, y esa venta es por un valor superior al que se le valoró para su adjudicación y por tanto calcular la cantidad pendiente de deuda, esto genera unas ganancias (plusvalía).
A esa plusvalía habría que desquitar los costes acreditados por el ejecutante en la venta de dicho piso, y a lo que quedara practicarle el 50 por ciento, y ahora restarlo a los 30.000 euros que nos quedaban de deuda el día de la adjudicación.
30.000 – (50 por ciento plusvalía – costes) = nueva deuda en caso de venta.
Esta sería la deuda que nos quedaría por pagar en caso de venta antes de que pasaron esos 10 años.
No se sí me he explicado bien.
Saludos.