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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #292827
    Academia Opositas
    Participante

    Art. 440 LEC: Admision de la demanda en el juicio verbal.

    Segun este art., “el Tribunal, despues de examinar su jurisdiccion y su competencia objetiva, y cuando proceda, territorial, dictara un auto en el plazo de 5 dias, en el que ordenara la admision de la demanda y su traslado al demandado”.

    ¿Desde cuando se empiezan a contar esos 5 dias?

    ¿Desde la presentacion de la demanda?

    ¿O desde que el Tribunal examine su jurisdiccion y su competencia?

    😕 ? ? ? ? ?

    #292828
    Anónimo
    Invitado

    Hola Jesus, el plazo de cinco dias es el que dispone el Tribunal para realizar ese ejercicio de control, por lo que comienza a computarse desde que se presenta la demanda.
    Saludos de nuevo

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