Foros OPOSITAS

ART.303 LECR.

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #317848
    LN30
    Participante

    Buenas noches, este articulo no lo veo muy claro. En el primer párrafo: “La formación del sumario, ya empiece de oficio, ya a instancia de parte, corresponderá a los Jueces de Instrucción por los delitos que se cometan dentro de su partido o demarcación respectiva y, en su defecto, a los demás de la misma ciudad o población”. ¿Quiénes son los demás?, no lo especifica.

    En el tercer párrafo de este artículo, cuando se plantea el nombramiento de juez instructor: “El nombramiento de juez instructor únicamente podrá recaer en un magistrado del mismo tribunal, o en un funcionario del orden judicial en activo servicio de los existentes dentro del territorio de dicho tribunal”. ¿Quién es este funcionario?. Si alguien me lo pudiera aclarar. Gracias. Saludos.

    #317849
    Anónimo
    Invitado

    HOla LN. ESta duda, como bien sabes, quedó resuelta en la sesión tutorial correspondiente a semanas pasadas
    Subo el contenido por si alguno de tus compañeros o compañeras sigue teniendo la duda

    Saludos

    #317850
    LN30
    Participante

    Si, Baldo, efectivamente quedó resuelta. La planteé antes de la sesión tutorial que mencionas. Gracias.

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