fbpx

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #298375
    Academia Opositas
    Participante

    Dice el art. 166 párrafo 5º LECr. lo siguiente:
    “Los que tuvieren lugar en los estrados, se practicarán leyendo íntegramente la resolución a la persona a quien se notifiquen, dándole en el acto copia de ella, aunque no la pidiere, y haciendo mérito de uno y otro en la diligencia que se extienda, que suscribirá el Secretario u Oficial de Sala, [u][b]respectivamente[/b][/u]”.

    ¿A qué se refiere ese “respectivamente”?
    ¿En qué casos suscribe la diligencia el Secretario y en qué casos el Oficial?

    #298376
    ybarra
    Participante

    Yo creo que la lecrim no especifica mas, asi que, en estrados, podran llevarse a cabo por oficial o secretario indistintamente. Con “respectivamente” quiere decir que el funcionario que practique la diligencia la suscribira, es decir que no la practicara el oficial y la suscribira el secretario, y viceversa.

    #298377
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Ybarra, gracias por la respuesta.

    Entonces, las notificaciones que se realicen en los estrados, ¿da igual que las lleven a cabo el Secretario o el Oficial?

    ¿O podría depender de si se trata de un Juzgado o un Tribunal?

    #298378
    ybarra
    Participante

    creo que la lecrim no dice nada al respecto y por lo tanto da igual tanto si es en el juzgado de instruccion como en el supremo…

    #298379
    Academia Opositas
    Participante

    En el párrafo 1 del art. 166 LECRIM. te dice claramente que “…que se practiquen fuera del juzgado o tribunal se harán, respectivamente, por un agente o por un oficial de sala.”. Para mi no hay duda de que en penal cuando el acto de comunicación se practica fuera de los estrados del juzgado lo hará el agente y cuando se práctica fuera de los estrados del tribunal lo hará un oficial de sala.

    #298380
    Anónimo
    Invitado

    Totalmente de acuerdo con la respuesta ofrecida por huelvayorker.
    Saludos

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?