[color=blue]PATRIMONIO DEL ESTADO:[/color] Lo constituyen los bienes de su propiedad no demaniales, los derechos reales y de arrendamiento de que el Estado es titular y los derechos de propiedad incorporal que pertenecen al Estado. Su régimen es el común, pero la Administración puede recuperar por sí la posesión, investigar la situación de estos bienes y deslindarlos.
PATRIMONIO NACIONAL: Conjunto de bienes y derechos del Estado afectos al uso y servicio del Rey y de los miembros de la Familia Real para el ejercicio de las funciones encomendadas por la Constitución Española, y los derechos de patronato o de gobierno y administración sobre determinadas funciones.