Buenos días:
En relación con el anexo del tema 26, quisiera completar el trozo de frase que falta al final de la página 1 :
” No obstante, las diligencias de investigación en relación con los delitos a que se hace referencia en el apartado Cuatro del artículo 19 del presente Estatuto, tendrán una duración máxima de doce meses salvo prórroga acordada mediante Decreto motivado del Fiscal General del Estado.”
El estatuto aludido viene regulado en la Ley 50/81 del 30/12 que aparece citado en el apartado de LEGISLACION al final del anexo citado.
Un saludo.