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30 diciembre, 2013 a las 8:38 am #317993
ovayone
ParticipantePensemos en una querella o una denuncia, el querellado o denunciado quiere hacer valer su derecho porque el origen de la querella/denuncia parte de una acción delictiva del querellante/denunciante.
Mi pregunta; ¿puede acumular una denuncia o querella contra la que se debe defender, porque en la LECrim. no veo nada al respecto, se haría por los trámites previstos en la LEC?
Gracias anticipadas y felices fiestas y buen año para todos.30 diciembre, 2013 a las 7:11 pm #317994Anónimo
InvitadoHola Ovayone.
Si no entiendo mal la cuestión, resumidamente sería:
El querellado quiere, a su vez, formular acusación frente al querellante ¿cierto?Explico mi opinión, siempre sujeta a debate por supuesto:
El artículo 300 de la LECriminal establece.. “ Cada delito de que conozca la Autoridad judicial será objeto de un sumario. Los delitos conexos se comprenderán, sin embargo, en un solo proceso.”
En base a ello, en principio, debería tramitarse por separado. No obstante comentas que en tu suposición el querellado considera que el querellante ha cometido un delito por lo que en su defensa aducirá dicho extremo; en consecuencia si puede tramitarse en el mismo (como conexo) se tramitaría en el procedimiento penal iniciado. Si no fuera delito conexo entiendo que el Tribunal debería deducir testimonio de particulares para ver el posible delito cometido por el querellante inicial y que posteriormente pasaría a ser imputado (posibilidad que también haría el Ministerio Fiscal si se tratare de delito público)
Ya me dirás si estamos de acuerdo
Saludos y gracias por tu participación en el foro30 diciembre, 2013 a las 7:57 pm #317995ovayone
ParticipanteMuchas gracias Bg me ha quedado bastante claro, la duda en sí radicaba dado en que el querellado se hubiese aquietado ante la comisión del delito, pensemos en unas injurias y calumnias que son delito privado, al encontrarse el querellado con la querella, decide denunciar o querellarse del querellante porque este fue primero quien comenzó con la querella, pero iríamos más lejos las injurias y calumnias se producen por una prevaricación administrativa, es algo complicado, es que he estado mirando la acumulación de procesos en la vía civil y al llegar a la penal pues me ha chocado, en la civil se acumulan acciones, peticiones, en la penal hechos, por eso veo muy acertada tu respuesta en el sentido de la conexidad, pudiendo argüirse la conexidad, sigamos con la querella por injurias y calumnias cuando estas se producen por una actuación prevaricadora del querellante.
Muchas Gracias y buen año, esperemos que sea el nuestro, un abrazo. -
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