Foros OPOSITAS

Acumulación art 71.4

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #325592
    VDORADOA
    Participante

    Buenos días
    no comprendo el siguiente artículo…. “el actor podrá acumular eventualmente acciones ente sí incompatibles con expresión de la acción principal y de aquella otra u otras que ejercita para el solo evento de que la principal no se estime fundada ¿¿??¿¿??

    Un saludito

    #325593
    pilarricky
    Participante

    Buenas tardes, xugus23:

    La norma general es que no se pueden acumular acciones que sean incompatibles entre sí.

    Como excepción, se pueden acumular dos acciones incompatibles entre sí, con la condición de que se tiene que dejar claro cuál es la principal, la que preferentemente se quiere ejercitar, y después se pone la otra, solo para el caso de que la primera no se admitiese.

    Dime si te ha quedado claro.

    Un saludo

    #325594
    VDORADOA
    Participante

    Clarinete Pilar.
    Mil gracias.

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