SUSTANCIACIÓN, VISTA Y DECISIÓN DE LOS ASUNTOS DEL DESPACHO ORDINARIO…
“En la designación de ponente turnarán todos los Magistrados de la Sala o sección, incluidos los Presidentes”
¿Esto se refiere a lo mismo que el artículo 146 de la LECr? ¿o eso de la designación es otra cosa diferente?
Art 146: Turnarán en este cargo (magistrado ponente) los Magistrados del Tribunal, a excepción del que lo presida. Cuando los Tribunales o Salas se compongan sólo de un Presidente con dos Magistrados, turnará también el primero en las Ponencias, correspondiéndole una de cinco.