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ACTOS DE CONCILIACIÓN Y CONCILIACIÓN PREVIA EN LABORAL

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #321372
    LN30
    Participante

    Buenas noches, me ha surgido una duda: tienen alguna relación un acto de conciliación que se recoge en la Ley Civil de 1881 con una conciliación previa en laboral, el objeto de ambas es evitar un juicio, yo entiendo que se puede considerar lo mismo una que otra, no sé. A ver si alguien me puede aclarar este punto. Gracias. Saludos.

    #321373
    J2C2
    Participante

    Buenos días, LN30.

    La finalidad de ambas conciliaciones es la misma: evitar el proceso, si bien debemos tener siempre en cuenta las diferencias existentes entre ellas, tanto en lo que respecta a los casos en que procede, excepciones y trámite.

    Saludos.

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